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Lección · Errores del expediente

Un recurso que cabía y no se presentó

Qué es

La resolución abrió un plazo para recurrir, el plazo terminó y no consta el escrito. En lo judicial el plazo es preclusivo y no se reabre porque nadie lo mirara (LEC art. 136); en lo administrativo, transcurrido el plazo sin recurso el acto queda firme a todos los efectos (LPAC art. 122.1).

Por qué importa

Es el hueco que más se repite y el que peor se arregla: pasado el plazo no hay una segunda oportunidad para lo mismo, solo las vías tasadas que la ley deja abiertas.

En qué se funda

Los preceptos que la pieza aplica, con el artículo consolidado del BOE: cada uno abre el artículo que se cita.