Lección · Recursos del catálogo procesal
Solicitud de planteamiento del conflicto negativo de competencia entre Administraciones
Qué es
Cuando el órgano de una Administración rechaza resolver una pretensión por entender que la competencia es de otra, y la segunda también se declara incompetente (o no contesta en el plazo de un mes): el interesado puede acudir al Tribunal Constitucional para que se tramite y resuelva el conflicto negativo de competencia (LOTC arts. 68.3 y 60). El Tribunal Constitucional conoce de los conflictos sobre competencias o atribuciones asignadas por la Constitución, los Estatutos de Autonomía o las leyes que delimitan los ámbitos del Estado y las Comunidades Autónomas (LOTC art. 59.1), y los conflictos entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de éstas entre sí los resuelve el Pleno (LOTC art. 10.1.d)
Por qué importa
Se presenta en 1 mes desde notificación de la declinatoria de la segunda Administración o transcurso del mes sin resolución expresa (LOTC art. 68.3): quien lo deja pasar pierde lo que este escrito pedía.
- Plazo
- 1 mes desde notificación de la declinatoria de la segunda Administración o transcurso del mes sin resolución expresa (LOTC art. 68.3)
- Ante quién
- El Tribunal Constitucional, mediante demanda (LOTC art. 69.1)
En qué se funda
Los preceptos que la pieza aplica, con el artículo consolidado del BOE: cada uno abre el artículo que se cita.