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Lección · Recursos del catálogo procesal

Comunicación individual al Comité de los Derechos del Niño

Qué es

Comunicación al Comité de los Derechos del Niño conforme al art. 5 de su Protocolo facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones: la presenta la persona o el grupo de personas sujetas a la jurisdicción de España que alegue ser víctima de una violación de los derechos de la Convención sobre los Derechos del Niño o de sus dos primeros Protocolos facultativos

Por qué importa

No tiene un plazo único: se presenta cuando concurre lo que dice su ficha, y fuera de ese supuesto no procede.

Ante quién
El Comité de los Derechos del Niño (Ginebra)

En qué se funda

Los preceptos que la pieza aplica, con el artículo consolidado del BOE: cada uno abre el artículo que se cita.