Lección · Recursos del catálogo procesal
Comunicación individual al Comité de los Derechos del Niño
Qué es
Comunicación al Comité de los Derechos del Niño conforme al art. 5 de su Protocolo facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones: la presenta la persona o el grupo de personas sujetas a la jurisdicción de España que alegue ser víctima de una violación de los derechos de la Convención sobre los Derechos del Niño o de sus dos primeros Protocolos facultativos
Por qué importa
No tiene un plazo único: se presenta cuando concurre lo que dice su ficha, y fuera de ese supuesto no procede.
- Ante quién
- El Comité de los Derechos del Niño (Ginebra)
En qué se funda
Los preceptos que la pieza aplica, con el artículo consolidado del BOE: cada uno abre el artículo que se cita.